La Ley Derecho Digital e Innovación
La Ley’s Digital Law and Innovation Review
ISSN electrónico: 2659-871X
Sumario
1. Remisión de originales
1.1. Soporte informático
1.2. Dirección y plazo de entrega
1.3. Identificación de originales
2. Edición de los trabajos
2.1. Originalidad
2.2. Contenido
2.3. Extensión
2.4. Idiomas
2.5. Datos objetivos
2.6. Datos subjetivos
2.7. Relación bibliográfica
2.8. Normas de estilo del texto
2.9. Normas de estilo de los epígrafes
2.10. Normas de estilo de las notas a pie de página y de la bibliografía
2.11. Lenguaje respetuoso e inclusivo
2.12. Autorización de adaptación
2.13. Autorización de difusión
3. Publicación de los trabajos. Originalidad y revisión
4. Derechos de propiedad intelectual
5. Política de acceso abierto
5.1. Diario La Ley y La Ley Digital civil
5.2. Redes sociales
5.3. Condiciones de acceso y licencias
6. Política de preservación digital
7. Política de publicidad
8. Política sobre conflicto de intereses
1. Remisión de originales
1.1. Soporte informático
Los trabajos originales remitidos a LA LEY DERECHO DIGITAL E INNOVACIÓN se presentarán en Microsoft Word.
1.2. Dirección y plazo de entrega
Las contribuciones habrán de enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección:
es-derechodigital@wolterskluwer.com
Las contribuciones podrán remitirse a lo largo de todo el año. En este sentido, la convocatoria de recepción de originales se mantiene abierta de forma permanente; si bien la fecha de envío condicionará la fecha de su eventual publicación. Los plazos máximos de admisión o rechazo para la publicación están establecidos en este documento. En cada trabajo, se harán constar las dos fechas cruciales de este flujo editorial: primero, la de recepción del trabajo; y a continuación, la de publicación del trabajo.
1.3. Identificación de originales
Los trabajos originales deben identificarse con el nombre completo y apellidos del autor, seguido de su profesión e institución.
En el ASUNTO del correo electrónico remitido por el autor, habrá de figurar su nombre y apellidos (completos) y el título del trabajo.
– Ejemplo: Sonia Calaza López, Ni toda la discapacidad es vulnerabilidad ni toda la vulnerabilidad es discapacidad en el nuevo crisol procesal
2. Edición de los trabajos
La edición de los trabajos correspondientes a la sección Estudios de la revista, habrán de cumplir los siguientes parámetros:
2.1. Originalidad
Los trabajos originales remitidos, para su publicación, a LA LEY DERECHO DIGITAL E INNOVACIÓN habrán de ser novedosos, originales e inéditos.
2.2. Contenido
Los trabajos originales remitidos, para su publicación, a LA LEY DERECHO DIGITAL E INNOVACIÓN habrán de tener relación temática con las Secciones de esta Revista:
- Estudios
- Notas e Informes
- Estudios de Jurisprudencia
- Y Bibliografía.
2.3. Extensión
La extensión aproximada de los Estudios será, con carácter general, de entre 10 y 30 páginas. (de 5.000 a 15.000 palabras).
La del resto de secciones, de entre 5 y 10 páginas (de 2.500 a 5.000 palabras). Sin embargo, podrán arbitrarse excepciones a dicho número cuando, por las características propias de la concreta investigación realizada, deban tener mayor o menor longitud. Pueden acompañarse ilustraciones, gráficas y enlaces.
2.4. Idiomas
Los trabajos originales podrán estar redactados en castellano O inglés.
2.5. Datos objetivos
Los artículos deberán encabezarse con el título -en español e inglés- del trabajo. Este título deberá estar centrado, en letra mayúscula y en negrita. A continuación, se indicará el nombre del autor (con los datos subjetivos que se especifican en el punto 2.6) y los siguientes datos:
- Fecha de recepción y fecha de aceptación (a cubrir por LA LEY).
- Nombre, número y año de la revista (a cubrir por LA LEY).
- Resumen, en castellano e inglés. - Palabras clave, en castellano e inglés.
- Sumario.
El Título de cada original -aportado en español y en inglés- ha de ser ilustrativo del contenido del trabajo. Se recomienda la elaboración de títulos breves, con expresa alusión al impacto de su contenido.
El resumen y abstract -que se expresarán en español y en inglés- habrá de ser ilustrativos del recorrido temático del original con una extensión de en torno a 150 palabras -entre 9 y 12 líneas-.
Las palabras clave y keywords -que deben ser las mismas en español e inglés- han de informar, a su vez, al lector -en apenas tres o, a lo sumo, cinco expresiones-, acerca del puntual anclaje de la argumentación abordada en ese concreto original con el estado de la ciencia jurídica en el momento de la publicación.
Ejemplo:
- Título: “Responsabilidad por daños causados por sistemas de Inteligencia Artificial”
- Fecha de recepción: 26 de septiembre de 2022 (a cubrir por la LEY).
- Fecha de aceptación: 26 de octubre de 2022 (a cubrir por la LEY).
- Nombre, número y año de la Revista: La Ley Revista de Derecho Digital e Innovación, n.º 11, enero-marzo 2022 [a cubrir por LA LEY].
- Resumen: Tanto en su función de asesorar a las personas en la toma de decisiones como en su función de adoptarlas, en su caso, los sistemas de inteligencia artificial son susceptibles de causar una gran variedad de daños y perjuicios. El sistema clásico de responsabilidad no está adaptado a las especiales características de este tipo de daños y perjuicios, por lo que las reclamaciones deben encontrar su fundamento en la responsabilidad contractual general, en la responsabilidad extracontractual (objetiva o no), en la responsabilidad por productos o servicios o en la responsabilidad por falta de conformidad, la mayor parte de las cuales presenta problemas por uno u otro motivo. Ello ha dado lugar a la elaboración de dos propuestas de Reglamento comunitario. El autor examina los mencionados problemas y ofrece criterios para su posible solución.
- Abstract: Whether artificial intelligence systems are being used to provide advice for people making decisions, or whether they are being used to make decisions themselves, they are liable to cause a wide variety of damages. The traditional system of liability is not adapted to the special characteristics of these types of damages and claims must be made in general contractual liability, tort liability (strict or otherwise), product or service liability or non-conformity liability, most of which present problems for one reason or other. This has led to two EU Regulations being proposed. The author examines these problems and offers criteria for their possible solution.
- Palabras clave: Inteligencia artificial, responsabilidad, robótica, responsabilidad objetiva, falta de conformidad, responsabilidad por productos, responsabilidad patrimonial de la Administración.
- Keywords: Artificial intelligence, liability, robotics, strict liability, non-conformity, product liability, liability of the Public Administrations.
- Sumario: 1. Introducción. 2. La responsabilidad extracontractual: problemas en su aplicación a la IA. 3. El establecimiento de supuestos de responsabilidad objetiva. 4. La responsabilidad por productos y por servicios. 5. La responsabilidad contractual. 6. Responsabilidad patrimonial de la administración e IA. 7. Otros supuestos de responsabilidad. 8. Las recientes iniciativas de la Unión Europea para su regulación especial. 9. Conclusiones. Bibliografía
2.6. Datos subjetivos
Los artículos, como se ha anticipado, deberán encabezarse con el título del trabajo; a continuación, deberá figurar el autor (con nombre/s completo/s y apellido/s) y su cargo académico, o actividad que desempeña, así como, en su caso, la Universidad a la que pertenece, o la Institución en la que desarrolla su actividad profesional y el correo electrónico de contacto, que será público en el artículo, por lo que se recomienda que sea el mail institucional. A falta de esta dirección de correo electrónico LA LEY facilitará el siguiente correo:
es-derechodigital@wolterskluwer.com
El nombre y apellidos del autor irán en letra mayúscula y su cargo en letra minúscula.
Ambos en letra redonda, sin negrita y centrado. Es recomendable la identificación de los autores por su ORCID y WoS Researcher ID.
- Ejemplo:
Javier Torre de Silva López de Letona
Letrado del Consejo de Estado (exc.) Socio de CMS Albiñana y Suárez de Lezo (mailto:jtdesilva@cms.com).
CÓDIGO ORCID: https://orcid.org/0000-0002-4677-XXXX.
WoS Researcher ID: ABG-1889-XXXX.
2.7. Relación bibliográfica
Los trabajos deberán acompañar, al final del texto, una relación bibliográfica o bibliografía por orden alfabético de autores citados, así como, en su caso, de las fuentes utilizadas conforme a las pautas formales que se especificarán en los puntos siguientes.
2.8. Normas de estilo del texto
Los trabajos se entregarán con letra Times New Romans 12 e interlineado sencillo. El texto puede contener hipervínculos a páginas web, gráficas, imágenes, dibujos y notas al pie. El autor podrá tomar como referencia, los estándares de las normas de la American Psychological Association (APA).
2.9. Normas de estilo de los epígrafes
Los epígrafes de los trabajos estarán centrados.
Los primeros epígrafes se presentarán en letra mayúscula, en numeración romana, centrados y en negrita; los primeros subepígrafes, sin embargo, se presentarán en letra minúscula, en numeración arábiga, centrados y en negrita; a partir de aquí, los posibles siguientes subepígrafes irán en letra minúscula, en numeración arábiga, centrados y sin negrita en la secuencia: 1.1, 1.2, 1.3: 1.3.1, etc.
- Ejemplo:
I. INTRODUCCIÓN. II. EXTERNALIZACIÓN DE LA JUSTICIA. 1. Jurisdicción Voluntaria notarial o registral. 2. Medios adecuados de solución de controversias. 2.1. Arbitraje. 2.2. Mediación. 2.3. Experto independiente. 2.4. Oferta vinculante. III. DIGITALIZACIÓN DE LA JUSTICIA. 1. Judicial Tech. 2. Extra Judicial Tech. IV. SIMPLIFICACIÓN DE LA JUSTICIAV. HUMANIZACIÓN DE LA JUSTICIA. 1. Familia. 2. Menores. 3. Personas con discapacidad. VI. DINAMIZACIÓN DE LA JUSTICIA. VI. UNIVERSALIZACIÓN DE LA JUSTICIA. 1. Acumulación de acciones y de procesos. 2. Procedimiento testigo. 3. Rebus sic stantibus. VII. CONSIDERACIONES FINALES. VIII. BIBLIOGRAFÍA.
2.10. Normas de estilo de las citas a pie de página y de la bibliografía
Los trabajos contendrán notas al pie de página y nunca notas en el texto. La bibliografía se relacionará, además, tal y como se ha indicado en el punto 2.7, al final de cada trabajo.
Las citas a pie de página y la bibliografía se regirán por las mismas normas de estilo, con la única diferencia de que las citas utilizadas a pie de página contendrán el número de páginas y las contenidas en la bibliografía final de cada trabajo podrán prescindir del número de páginas.
Las normas de estilo son las siguientes:
- Los nombres de los autores irán completos: delante los apellidos y después el nombre.
- En la relación bibliográfica final, se ordenarán de forma alfabética por apellido.
- Se utilizará letra cursiva: para los títulos de libros, títulos de Revistas y secciones de archivos o bibliotecas.
Libros de autoría única. Deben ponerse los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completo/s del autor (año de edición entre paréntesis), Título de la obra, Editorial, lugar de edición, p./pp.
Ejemplo:
Barrio Andrés, Moisés (2018), Ciberderecho. Bases estructurales, modelos de regulación e instituciones de gobernanza de Internet, Tirant lo Blanc, Valencia, 2018.
Artículos de autoría única. Deben ponerse los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completo/s del autor (año de edición entre paréntesis), título del artículo, título de la Revista, Editorial, nº, lugar de edición, p./pp.
Ejemplo:
Piñar Mañas, José Luis (2019), ¿Qué regulación de los derechos en la sociedad digital?, Revista de Derecho Digital en Innovación, núm. 2.
Libros de autoría conjunta o libros colectivos. En las obras colectivas se cita siguiendo los anteriores criterios, pero poniendo el título completo del monográfico, seguido del nombre de la Revista o Editorial, con mención del coordinador, autor principal o persona que figure: Apellidos y nombre del autor (año entre paréntesis), “Título del trabajo concreto del autor”, apellidos y nombre del coordinador, director o sucesivamente los diferentes autores, si son menos de tres; si son más, solo el primero y otros, Título de la obra, Editorial, lugar de edición, p./pp.
Ejemplo:
De Miguel-Molina, B. y de Miguel-Molina, M., “El mercado de los drones y sus servicios en Europa”, en Barrio Andrés, M. (Director), Derecho de los drones, Wolters Kluwer, 2018.
Libros y artículos electrónicos. En los libros y/o artículos (de autoría única y/o conjunta) han de asumirse las anteriores indicaciones con la particularidad de referenciar el acceso.
Así, deben ponerse los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completo/s del autor (año de edición entre paréntesis), Título de la obra, Editorial, lugar de edición, http://URL (si no se cita la obra completa, sino sólo parte, también puede ser cap., vol., etc), p./pp.; o bien Título de la Revista o SIGLA de la misma, dirección URL n.º año [fecha de consulta: xx/xx/xxxx]]
Ejemplo:
Calaza López, Sonia (2021), Novedades procesales de la reforma concursal: Jurisdicción y competencia, Práctica de Tribunales nº 152, Ed. Wolters Kluwer, wolterskluwer.es/p/practica-de-tribunales [Fecha de consulta: 22/02/2022]
Cita de varias obras correspondientes al mismo autor durante el mismo año. En caso de cita de varias obras del mismo autor, correspondientes a idéntico año, se numeran con guion por orden de aparición en el entrecomillado del año con las letras del alfabeto.
Ejemplo:
Calaza López, Sonia (2021-a), No hay pandemia que no remita: Hoja de ruta de la Rebus sic stantibus, Actualidad civil nº1, Ed. Wolters Kluwer, Madrid.
Calaza López, Sonia (2021-b), Mapa de riesgos negociales: Construcción de un proceso judicial de adaptación contractual, Práctica de Tribunales nº 150, Ed. Wolters Kluwer, Madrid.
Segunda y/o sucesivas de la misma obra. En las primeras citas de cada autor se pondrán los datos completos del artículo o libro citado, en las demás, nombre/s y apellidos del autor/es (año de edición entre paréntesis), parte del título, cit., pp. 7
Ejemplo:
CALAZA LÓPEZ, Sonia (2020), ¿Cuántas Jurisdicciones necesitamos?, cit., p. 13.
Relación bibliográfica final. En la relación bibliográfica final se utilizan, como se ha advertido, los mismos criterios, si bien, esta vez, ordenados alfabéticamente por la inicial del primer apellido. Se recuerda que, en caso de varias obras del mismo autor correspondientes al mismo año se numeran con guion y letra del alfabeto (conforme al momento de su aparición en el texto) por orden cronológico descendente.
Ejemplo:
Calaza López, Sonia (2020-a), Reactivación y dinamización de la Justicia en tiempo de crisis post-pandemia, Diario La Ley nº 9631, Ed. Wolters Kluwer, Madrid.
Calaza López, Sonia (2020-b), Ejes esenciales de la Justicia post-COVID, Diario La Ley nº9737,
Ed. Wolters Kluwer, Madrid. Calaza López, Sonia (2021-a), No hay pandemia que no remita:
Hoja de ruta de la Rebus sic stantibus, Actualidad civil nº1, Ed. Wolters Kluwer, Madrid.
Calaza López, Sonia (2021-b), Mapa de riesgos negociales: Construcción de un proceso judicial de adaptación contractual, Práctica de Tribunales nº 150, Ed. Wolters Kluwer, Madrid.
Abreviaturas:
Capítulo: cap.
Edición: ed.
Edición revisada: ed. rev.
Editor (Editores): ed.
Traductor (es): trad.
Sin fecha: s.f.
Página (páginas): p. (pp.)
Volumen: Vol.
Número: núm.
Parte: Pt.
Suplemento: Supl.
Las restantes abreviaturas utilizadas por los autores habrán de ser especificadas, expresamente, en el texto.
Ejemplo:
Código Civil (CCiv.) o Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). 2.11.
2.11 Lenguaje inclusivo
Los/as autores/as deberán utilizar un lenguaje respetuoso con la igualdad de género y no discriminatorio. Se recomienda el uso de un lenguaje inclusivo.
2.12. Autorización de adaptación
El autor autoriza, con la entrega de su original, a LA LEY a ajustar las referencias bibliográficas aportadas por los autores a las propias de la Editorial.
2.13. Autorización de difusión
El autor consiente la publicación de su trabajo en La Ley Derecho Digital e Innovación y autoriza a la LA LEY a su inclusión en cualquier producto en soporte electrónico o sistema online en el que se recojan los contenidos de esta Revista. El autor autoriza, además, la publicidad de su trabajo en los distintos medios de difusión escrita y electrónica de LA LEY -prensa, redes sociales (Facebook, Twitter, YouTube, Instagram, Linkedln, Newsletter, etc.) y otros- donde pueda optimizarse la visibilidad de los trabajos. Asimismo, el autor consiente la exportación de la bibliografía de sus artículos a gestores de referencia.
La difusión pública por cualquier medio (páginas web, blogs, newsletter, repositorios universitarios, redes sociales...) de los trabajos publicados en La Ley Derecho Digital e Innovación deberá ser autorizado expresamente por LA LEY.
3. Publicación de los trabajos: originalidad y revisión
Los trabajos deben ser inéditos y no redundantes, no estando permitidos los envíos múltiples.
De forma excepcional, los autores pueden utilizar sus derechos para publicar estos trabajos en otra publicación, siempre en soporte papel (y no en soporte electrónico), por ejemplo, en selecciones de trabajos, con el requisito de reconocer la previa aparición en la Revista, incluyendo el nombre y el dominio en la red de la Revista, y siempre previa autorización de la Editorial.
El Consejo Editorial de la Revista exigirá que los trabajos sean originales, si bien podrían caber excepciones si por la relevancia, impacto o actualidad del tema, el Consejo de Redacción considera de interés publicar un determinado trabajo en la Revista una vez ha sido difundido por otra publicación periódica de papel, siempre con la referencia al mismo. Se autoriza a LA LEY a la publicación, en su caso, en formato papel de los trabajos remitidos por los autores.
3.1. Revisión por pares ciegos
Los trabajos publicados son sometidos previamente a evaluación externa por pares y ciegos, debiendo los autores tener en cuenta, en su caso, las observaciones realizadas.
LA LEY DERECHO DIGITAL E INNOVACIÓN cuenta, además del Comité científico, con un Consejo de Redacción y con un Equipo Editorial [conformados por prestigiosos juristas -académicos y profesionales-], todos ellos con una composición paritaria, y con unos Coordinadores de sección, así como con un número significativo de revisores externos en razón a la especificidad de los trabajos recibidos. Estos revisores pertenecen a las más variadas ramas del ordenamiento jurídico, siendo especialistas, además, en las materias que conforman el contenido de la revista..
El proceso de revisión es doble: en primer lugar, el Consejo de Redacción determina si el trabajo recepcionado debe pasar a fase de evaluación y, en caso afirmativo, designa -por razón de su especial cualificación- a los dos expertos anónimos que emitirán sus informes conforme al formulario estipulado.
En los informes, los evaluadores podrán seleccionar alguna de las siguientes conclusiones:
- APROBADO SIN MODIFICACIONES.
- APROBADO CON CAMBIOS MENORES.
- CONDICIONADO A LA MODIFICACIÓN DE CAMBIOS MAYORES.
- RECHAZADO.
En el caso de dos informes positivos, el original queda APROBADO para su inminente publicación.
En el caso de dos informes negativos, el original queda RECHAZADO, con inmediata comunicación del resultado al interesado para que opere, respecto de su trabajo, como estime oportuno.
En el caso de uno o dos informes condicionados, la publicación quedará pendiente de la realización, dentro de un breve plazo que se indicará al autor, de los cambios -mayores y/o menores- sugeridos por el/los evaluador/es. En el caso de un informe positivo y otro negativo, se podrá pedir un tercer informe dirimente. Los autores siempre recibirán -sea cual sea la respuesta: positiva, negativa o condicionada (a cambios menores y/o mayores)- una respuesta motivada de la Editorial, con aportación de los -dos o, incluso, tresinformes -anonimizados- de evaluación de sus originales.
Las pautas de actuación -compromiso ético- de los autores, evaluadores y editores- se encuentran contenidas en el archivo titulado “Código ético y buenas prácticas editoriales”.
4. Derechos de propiedad intelectual LA LEY adquiere todos los derechos de explotación de la obra y tendrá plena libertad para ejercerlos, incluyendo hacerlo por si misma o a través de otras personas físicas o jurídicas o entidades. También tendrá plena libertad para decidir las formas de reproducción de dicha obra, que podrá efectuar tanto en forma de libro (de hojas intercambiables o no), como en soporte informático, electrónico o magnético, tanto en CD ROM, como en sistema on line, DVD o Internet, etc. Asimismo, tendrá derecho a decidir la presentación de la obra (formato, tamaño, etc.), su posible reproducción en forma resumida, abreviada, comprendida o integrada en otras obras o colecciones, total o parcialmente. LA LEY está facultada para decidir la edición, publicación y venta de la obra y sus actualizaciones a todo el mundo, a traducirla a cualquier idioma, así como a realizar cuantas ediciones considere convenientes. Lo anterior no será de aplicación en los casos en los que se haya firmado con el autor un contrato específico de edición.
LA LEY no cobra a sus autores por la publicación de sus trabajos.
5. Política de acceso abierto
5.1. Diario La Ley
Wolters Kluwer publica en abierto en Diario La Ley, el Sumario y al menos un artículo de cada número de la revista. Esto supone como mínimo 4 artículos al año en abierto.
- Ejemplos:
«Nuevas tecnologías y prueba en el proceso penal. Especial incidencia en Inteligencia Artificial», Raquel Castillejo Manzanares, Catedrática de Derecho Procesal de la Universidad de Santiago de Compostela (en Diario La Ley)
5.2. Redes Sociales
En las Redes Sociales de la empresa, se publicitan tanto la publicación, como los artículos que se pueden consultar en abierto en Diario La Ley.
- Ejemplos:
Publicaciones sobre Revista de Derecho Digital e Innovación https://twitter.com/search?q=40LaLeyNext
20revista
20derecho
20digital&src=typed_query
https://twitter.com/LaLeyNext/status/1269592441016864768
5.3. Condiciones de acceso y licencias
Las condiciones de acceso y licencias están especificadas en el documento “Suscripción y formas de contratación”.
6. Política de preservación digital
LA LEY establece, como plan de contingencia, la siguiente política de preservación digital: en caso de catástrofe, calamidad, ruina o cualesquiera otras circunstancias de fuerza mayor o menor (cese de la Revista, fusión con otra Revista, escisión de alguna de sus Secciones, etc.) que imposibilitasen el normal desarrollo de la Revista, quedan debidamente salvaguardados, conservados y custodiados los números ya publicados en la misma plataforma dónde se publica la Revista.
7. Política de publicidad
LA LEY mantiene una política de publicidad de sus propios productos -otras Revistas, Libros, Cursos, Webinars- y, en su caso, de los de sus autores -Seminarios, Congresos, Jornadas- informada por los principios de publicidad, transparencia y gratuidad.
8. Política sobre conflicto de intereses
LA LEY mantiene una política de conflicto de intereses, evitación de la endogamia, lucha contra el plagio, preservación del medioambiente, guía de buenas prácticas editoriales, establecimiento de normas éticas y paridad, especificados en todos y cada uno de los documentos que obran en la página web de la Revista, acorde a los parámetros nacional e internacionalmente estipulados para las más rigurosas Revistas científicas. Cualquier sugerencia puede realizarse a través del siguiente correo electrónico:
clienteslaley@wolterskluwer.es