LA LEY Mercantil

LA LEY Mercantil, revista mensual fundada en el año 2004, está especializada en el estudio y análisis del Derecho mercantil, abarcando también otros ámbitos del Derecho privado. LA LEY Mercantil tiene como objetivo informar, fomentar el debate y aportar conocimiento y soluciones a los profesionales y académicos interesados en el Derecho mercantil y en las implicaciones jurídicas del ejercicio de actividades económicas, en el ámbito nacional e internacional.

DIRECTORES

Alberto Alonso Ureba, (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Jorge Viera González, (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Dirección y comités

DIRECTORES

Alberto Alonso Ureba (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Jorge Viera González (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

CONSEJO DE REDACCIÓN

Mª Concepción Chamorro Domínguez (Profesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Antonio Conde Tejón (Profesor Titular de Derecho Mercantil. Universidad de las Islas Baleares)

Jorge Feliu Rey (Profesor Titular de Derecho Mercantil. Universidad Carlos III de Madrid)

Rafael Fuentes Devesa (Magistrado Especialista Mercantil. Audiencia Provincial de Murcia)

Ascensión Gallego Córcoles (Profesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid)

Luz María García Martínez (Profesora Ayudante Doctor de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid)

COORDINADORES DE REDACCIÓN

María Dolores Arranz (Profesora Doctora de Derecho Mercantil. Universidad Internacional de la Rioja)

Enrique Moreno Serrano (Profesor Contratado Doctor de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

CONSEJO DE DIRECCIÓN

Guillermo Alcover Garau (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de las Islas Baleares)

José María Blanco Saralegui (Uría & Menéndez. Magistrado (excedente))

Angel Carrasco Perera (Catedrático de Derecho Civil Universidad de Castilla La Mancha)

Victor Manuel Carrasco (Registrador Mercantil. Cáceres)

Isabel Fernández Torres (Profesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid)

Luis Fernández del Pozo (Registrador Mercantil. Barcelona)

Alberto Frasquet (Herbert Smith Freehills. Socio- Director de Corporate/M&A y Private Equity)

Esperanza Gallego Sánchez (Catedrática de Derecho Mercantil Universidad de Alicante)

Javier García-Enterría (Catedrático de Derecho Mercantil. Socio Cliford Chance)

Francisco Garcimartín Alférez (Catedrático de Derecho Internacional Privado. Universidad Autónoma de Madrid)

Ignacio Gómez-Sancha (Managing Partner, Latham & Watkins)

Javier Juste Mencía (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid)

Cruz Gonzalo López Müller Gómez (Notario)

Jaime Martí Miravals (Acreditado a Catedrático. Universidad de Valencia)

Gustavo Martin (Magistrado especialista de lo mercantil. Doctor en Derecho)

José Massaguer Fuentes (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Murcia)

Francisco Javier Misas Tomás (Registrador. Ibiza)

Reyes Palá Laguna (Catedrática Derecho mercantil. Universidad de Zaragoza)

Pedro Portellano Díez (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Autónoma de Madrid)

Antonio Roncero Sánchez (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Castilla La Mancha)

Jorge de la Rúa (Magistrado especialista de lo mercantil)

Ignacio Tirado (Secretario General UNIDROIT)

Francisco de Borja Villena Cortés (Magistrado)

CONSEJO ASESOR

María Ángeles Alcalá Díaz (Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad de Castilla La-Mancha)

Klaus Jochen Albiez Dohrman (Catedrático de Derecho Civil. Universidad de Granada)

Carmen Alonso Ledesma (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid)

Aurora Campins Vargas (Profesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad Autónoma de Madrid)

Ignacio Díez-Picazo Giménez (Catedrático de Derecho Procesal. Universidad Complutense de Madrid)

Yolanda Dutrey Guantes (Profesora titular de Derecho Internacional Privado. Universidad Rey Juan Carlos)

María Teresa Enciso Alonso-Muñumer (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Nuria Fernández Pérez (Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad de Alicante)

Mónica Fuentes Naharro (Profesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid)

Fernando Gascón Inchausti (Catedrático de Derecho Procesal. Universidad Complutense de Madrid)

Fernando Gómez Pomar (Catedrático de Derecho Civil. Universidad Pompeu Fabra)

Guillermo Guerra Martín (Profesor titular de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Javier Guillén Caramés (Catedrático de Derecho Administrativo. Universidad Rey Juan Carlos)

Santiago Hierro Anibarro (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Alcalá)

Rafael Marimón Durá (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Valencia)

Anselmo Martínez Cañellas (Profesor Titular de Universidad de Derecho Mercantil. Universidad de las Islas Baleares)

Ana Felícitas Muñoz Pérez (Profesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Felipe Palau Ramírez (Catedrático de Derecho Mercantil. Universitat Politècnica de València)

Antonio Pastor Palomar (Profesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Juan Ignacio Peinado Gracia (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Málaga)

Pilar Perales Viscasillas (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Carlos III)

Jesús Quijano González (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Valladolid)

Fernando Sacristán Bergia (Profesor titular Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos)

Rafael Sanchez Aristi (Catedrático de Derecho Civil. Universidad Rey Juan Carlos)

José Luis Sánchez Paradi (Profesor Titular de Derecho Mercantil)

Anxo Tato Plaza (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Vigo)

Luis Velasco San Pedro (Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Valladolid)

COLABORADORES PERMANENTES

Altea Asensi (Universidad de Alicante); Pedro-José Bueso Guillén, Pablo Briceño Terroba, Fernando Carbajo Cascón (Universidad de Salamanca), Pilar Carrasco del Olmo, Javier Carvajal (Herbert Smith Freehills), Emilio Díaz Ruiz, Mónica Esteve Sanz (Gomez Acebo&Pombo); Leticia Fernández, Alfonso Fernández Miranda (Ramón y Cajal Abogados); Ascensión Gallego Corcoles (Universidad de Castilla-La Mancha); Carmen Galán López; Andrea García; Germán García (Universidad de Alicante); Pablo García-Nieto (Herbert Smith Freehills); Lourdes Garnacho Caba, Vicente Gimeno (Universidad de Alicante); Elisa Gómez-Bernardo Martínez (Gómez Acebo & Pombo); Henar González Durantez (Herbert Smith Freehils), Belén González Fernández (Universidad de Málaga); María Jesús Guerrero Lebrón, Javier Guitérrez Gilsanz; Alejandro Llopis (Universidad de Alicante); Jaume Llorca (Universidad de Alicante); Iván Heredia Cervantes (Universidad Autónoma de Madrid), Esther Hernández Sáinz (Universidad de Zaragoza), Rebeca Herrero Morant, Isabel Huerta Viesca (Universidad de Oviedo), Eva Jordá Capitán (Universidad Rey Juan Carlos), Rodrigo López Checa (Uría & Menédez); Sagrario Navarro Lérida (Universidad Castilla-La Mancha); Mª. Jesús Peñas Moyano (Universidad Valladolid); Ignacio Rabasa (Universidad de Alicante); Fernando Rodríguez Ruiz de Vila, Bárbara Saín de Vicuña (Gomez Acebo & Pombo); Ignacio Segura de la Monja (Herbert Smith Freehills), Petra Thomas Puig, María Valmaña Ochaita, Marina Vázquez (Universidad de Alicante); Cristina Vidal (Ramón y Cajal Abogados).

Envío de originales

LA LEY Mercantil agradece la remisión de artículos para su publicación y solicita de sus autores que consideren las siguientes condiciones y criterios:

1. Los trabajos publicados en LEY mercantil deberán ser inéditos. El incumplimiento por el autor de esta condición libera a la Editorial de cualquier compromiso adquirido respecto a la publicación del trabajo.

2. Los trabajos deberán enviarse a fernando.cameo@aranzadilaley.es y ajustarse a los parámetros que se indican a continuación:

a) Extensión de los trabajos: se aconseja un mínimo de 25 páginas y un máximo de 35 (cuerpo 12).

b) Los trabajos irán acompañados de un resumen (abstract) que informe de su contenido, orientación y trascendencia, con un promedio de seis líneas, tanto en castellano como en inglés, junto con sus correspondientes palabras clave (keywords) que al igual que el resumen deben también aparecer en ambos idiomas.

c) Igualmente incorporará el trabajo un índice sistemático de su contenido.

d) Citas de jurisprudencia: se utilizarán referencias propias de la base de datos LA LEY Digital o, en su defecto, se citarán con datos neutros que aseguren su localización (n.o de recurso, n.o de sentencia, etc.).

e) Citas de legislación: país, título, publicación (en cursiva), fecha de publicación, número, páginas.

f) Los criterios para la citación bibliográfica deberán ajustarse al siguiente esquema:

Libro completo

Apellidos, nombre del autor, o nombre de la entidad responsable, título (en cursiva), otros responsables: traductor, editor, etc. (opcional), edición, lugar de publicación; editorial, año, extensión del libro (opcional), colección (opcional), notas (opcional) y número ISBN.

Capítulo de un Libro

Apellidos, nombre del autor, o nombre de la entidad responsable del capítulo, título del capítulo (entre comillas), apellidos, nombre, o nombre de la entidad responsable del libro, título del libro (en cursiva), lugar de publicación, editorial, año, situación en la publicación y fuente (volumen, páginas, etc.).

Revistas

Revista completa: título (en cursiva), responsable de la revista, edición, identificación del fascículo (fecha y/o número), lugar de publicación, editorial, año, serie (opcional), notas (opcional) y número ISSN.

Artículo de una revista: apellidos, nombre del autor o nombre de la entidad responsable del artículo, título del artículo (entre comillas), colaboradores al artículo (opcional), título de la revista (en cursiva), edición, año, volumen, número y páginas.

g) A lo largo del texto se deberán indicar aquellas frases que a modo de destacados pueden resaltarse en la edición.

3. Los originales serán sometidos a un proceso de selección por parte del Consejo Evaluador, el cual informará en todo caso al autor de la aceptación o no de su trabajo el mes siguiente a su entrega.

4. El autor consiente la publicación de su trabajo en LA LEY Mercantil y autoriza a su inclusión en cualquier producto en soporte magnético o informático, tanto en CD-ROM, disquete o sistema on-line en el que se recojan los contenidos de esta revista.

Criterios de calidad editorial

LA LEY Mercantil está incluida en sistemas de evaluación de revistas académicas que fijan un umbral exigente de cumplimiento de criterios de calidad editorial. Así, figura en el Catálogo LATINDEX (Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal), donde solamente se recogen aquellas revistas que cumplen con un umbral de características editoriales establecidos por el sistema. La revista cumple con casi todos los requisitos de calidad de las revistas electrónicas (34/36). Entre ellas podemos citar: existencia de un sistema de arbitraje, contenido original, apertura editorial, autores externos y mención de los miembros del Consejo Editorial, así como su filiación institucional.

La revista también tiene una difusión y visibilidad importante, tal y como lo acredita su presencia en 21 bibliotecas universitarias y de investigación españolas, según los datos del catálogo colectivo de REBIUN (Red de Bibliotecas Universitarias Españolas), entre las que podemos citar la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Autónoma de Barcelona, la Universidad del País Vasco, la Universidad de Valencia, la Universidad de Granada, la Jaume I, etc.

LA LEY Mercantil es una revista incluida en DIALNET, hemeroteca virtual que contiene los índices de las revistas científicas sobre todo de las áreas de Ciencias Sociales y Humanidades de España, Portugal y Latinoamérica. En el índice Dialnet de Revistas IDR (Dialnet Métricas) tuvo en 2019 un impacto de 0.133. En el mismo año en el ámbito de Derecho ostenta la posición 167/353. También en 2019 y en el ámbito del Derecho civil y mercantil ocupa la posición 21/58, estando ubicada en el cuartil C2. También en el mismo ámbito temático está valorada, entre otros, por CIRC (Clasificación Integrada de Revistas Científicas de Ciencias Sociales y Humanidades). LA LEY Mercantil está asimismo clasificada en Google Scholar Metrics (versión 2021), en donde tiene un índice h5 de 5 y una mediana h5 de 5. El índice h5 es el índice h de los artículos publicados en los últimos 5 años completos. Se trata del número mayor h en cuanto a que h artículos publicados entre 2016 - 2020 deben tener al menos h citas cada uno. La mediana h5 de una publicación es el número mediano de citas de los artículos que componen el índice h5.

Se encuentra asimismo incluida en la versión 2021 de MIAR (Matriz de Información para el Análisis de Revistas), obteniendo un ICDS (Índice Compuesto de Difusión Secundaria) de 3.3 en 2020. El ICDS es un indicador que muestra la visibilidad de la revista en diferentes bases de datos científicas de alcance internacional, o en su defecto en repertorios de evaluación de publicaciones periódicas. Un ICDS elevado significa que la revista está presente en diferentes fuentes de información de relevancia internacional. A su vez, la revista está recogida en InDICEs-CSIC y CARHUS plus 2018.

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